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Locuciones latínas

Las locuciones latinas son expresiones en latín que perduraron desde la época de los romanos y siguen siendo utilizadas dentro del lenguaje jurídico.

A continuación les presentamos una recopilación de las más comunes:

  • A contrario sensu: En sentido contrario
  • A fortiori: Con más razón.
  • A lite: Relativo al proceso.
  • A minima: Mínimo o la menor pena
  • A non sano mentis: De espíritu no sano o normal.
  • A novo: De nuevo.
  • A quo: Del cual (se apela)
  • A sacris: De las cosas sagradas.
  • A simili: Por semejanza-por igual razón.
  • A vulgo, non a lege inventa: Establecido por la práctica no por la ley.
  • Ab initio: Desde el principio.
  • Ab intestato; Sin testamento, con testamento nulo o invalido.
  • Ab Origine: Desde el origen.
  • Abolitio Generalis: Errar el golpe, errar en el acto.
  • Acta forensia: Actos Judiciales.
  • Actio bonae fidei: Acción de buena fe.
  • Actio sacramenti: Acción de jurar.
  • Ad Diem: Hasta el día.
  • Ad domum: (Citación) a domicilio.
  • Ad gustum: Al gusto.
  • Ad hoc: Para el caso.
  • Ad libitum: A punto o voluntad.
  • Ad mesuram: A la medida o según medición.
  • Ad usum: Según costumbre, conforme al uso.
  • Causa donandi: Motivo de donación.
  • Causa turpis: Fundamento deshonesto.l
  • Consensus mariti: Consentimiento del marido.
  • De jure: De derecho
  • Defensores plebis: Defensores o protectores del pueblo.
  • Dies festi: Dias inhábiles.
  • Divulgatio legis: La promulgación de la ley.
  • De re ad rem: De una cosa a otra
  • Dies termini: Día en que termina el plazo.
  • Dura lex: Dura es la ley.
  • Ex juré: Según el derecho, según la justicia.
  • Ex lege: De acuerdo con la ley.
  • Ex potestate legis: Por fuerza de la ley.
  • Ex propia autoritate: Por autoridad propia.
  • Ex eadem fonte: De la misma causa, de la misma fuente.
  • Ex jure alieno: Por derecho de otro, por derecho de tercero.
  • Ex nunc. De aquí en adelante, desde entonces, desde la promulgación de la ley.
  • Ex officio pietatis: Por deber de piedad o de asistencia.
  • Ex testamento: Del testamento.
  • Ex vi: Por fuerza, por efecto de ella.
  • Fonebre malum: La usura.
  • Factum defendi: El hecho de la defensa
  • Falsa conditio: Condición falsa o errónea.
  • Falsa demonstratio.- Falsa indicación.
  • Famosa actio: La acción de difamación.
  • Fa est, jus non est: Hay facultad no derecho.
  • Fictitiae actiones: Acciones simuladas.
  • Fiscus, post omnes: El fisco o el estado después de todos.
  • Gratia argumentando: Con el fin de argumentar.
  • Gravis, ardua et subtilis disputatio: Cuestión grave, ardua y sutil.
  • Gravis testis: Testigo fidedigno.
  • Grosso modo: De modo imperfecto, groseramente, someramente.
  • In absentia: En ausencia
  • In actu: En acto.
  • In dubio: En la duda.
  • In extremis: En el último momento, en caso de muerte.
  • In facultate solutionis: En la facultad del pago.
  • In fine: Al fin.
  • In forma communi: En forma común.
  • In forma speciali: En forma especial.
  • In fraudem legis: Con fraude de la ley.
  • In genere: En general, de igual naturaleza.
  • In globo: En conjunto.
  • In infinitum: Al infinito.
  • In initio litis: Al comienzo del pleito.
  • In jure cessio: La cesión en derecho o del derecho.
  • In ipso corpore: Sobre el objeto mismo.
  • In jure cessio: La cesión en derecho o del derecho.
  • In litem: En el pleito, en la causa.
  • In obscuris: En caso de obscuridad.
  • In potestate: En su capacidad, en su poder.
  • In praesenti: Ahora, al presente.
  • In principio: Al comienzo, en su iniciación.
  • In situ: En el sitio.
  • In solidarium: Solidariamente.
  • In statu quo ante: En la misma situación que antes.
  • In terminis: En sus propios términos, a la letra.
  • In verbis: En estas palabras; en estos términos.
  • Indulgentia generalis: Gracia General.
  • Indulgentia specialis: Gracia o indulto especial o individual.
  • Inopia probationum: Defecto o falta de pruebas.
  • Intentio legis: El fin de la ley.
  • Intentio mali: Intención criminal.
  • Inter nos: Entre nosotros.
  • Inter vivos: Entre vivos.
  • Instrumentum emptionis-venditionis: El acta de compra-venta.
  • Integri status: Estado válido o del hombre inocente.
  • Intellectus possidendi: La inteligencia o intención de poseer.
  • Intra muros: Dentro de los muros o del perímetro de la ciudad.
  • Invito domino: Contra la voluntad del propietario.
  • Ipso facto: Por el hecho mismo; en el acto.
  • Ipso jure: Por derecho o ministerio de la deuda.
  • Ipso jure, vi et potestate legis: De pleno derecho, por la fuerza y poder de la ley.
  • Iter criminis: El camino del crímen.

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