Esto de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
De acuerdo a la ley, el 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal es día no laborable.
El próximo sábado primero de diciembre rinde protesta como Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, si se solicita a los trabajadores que laboren en este día, los patrones deberán determinar el número de trabajadores que deban prestar sus servicios.
Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
FUENTE: EL UNIVERSAL