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DIFERENCIA ENTRE EL FINIQUITO Y LAS INDEMNIZACIONES

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Muchas trabajadores llegan a confundir el finiquito con las indemnizaciones, y no saben en qué momento le corresponde cada uno y cuanto es lo que le corresponde, explicaremos el concepto del finiquito, como se calcula y cómo es que se diferencía de las indemnizaciones.

¿Qué es el finiquito y cuando ocurre?

El finiquito ocurre cuando el trabajador y el patrón dan por terminada la relación laboral voluntariamente; la forma de pago más común es con cheque y el trabajador debe recibir una “carta finiquito” que incluya todos sus datos y desglose de los conceptos que se están pagando

La Ley Federal del Trabajo establece que todo trabajador tiene derecho a recibir un pago de prestaciones contractuales luego de presentar su renuncia voluntaria, este derecho es  comúnmente llamado finiquito e indica el término de la relación laboral entre ambas partes.

¿Qúe es la Indemnización?

A diferencia del finiquito la indemnización es una compensación generalmente de carácter económico de la cual es acreedora una persona con motivo de haber recibido un perjuicio en sus derechos laborales. La indemnización laboral tiene lugar cuando el trabajador es despedido sin existir una de las causas de rescisión sin responsabilidad para el patrón.

En caso de que el patrón no reinstale al trabajador a sus labores es cuando procede las indemnizaciones la cual es la liquidación solo es obligada cuando la responsabilidad del término  de la relación laboral NO recae en el trabajador. En el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, menciona las causas de rescisión de la relación laboral de trabajo sin responsabilidad del trabajador.

A diferencia del finiquito su pago del se realiza ya sea porque el trabajador presente su renuncia o el empleador lo despida.  En el  artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece las condiciones de un despido justificado sin responsabilidad para el patrón, Esto sucede cuando cometes una falta como: mentir sobre tus títulos o conocimientos, incurrir en actos de violencia, dañar los bienes de la empresa, más de tres faltas injustificadas en 30 días, ir al trabajo bajo la influencia de alcohol o drogas, entre otras.

¿En qué momento te corresponde el finiquito?

  1. Renuncias a tu empleo de manera voluntaria y decides separarte del trabajo por convenir a tus intereses.
  2.  Se termina tu contrato temporal o te contrataron por un proyecto o periodo específico que concluye.
  3.  Te despiden y no importa si es justificada o injustificadamente.
  4. Rescindir tu contrato por una falta grave cometida por el patrón.
  5. Invalidez por enfermedad, en este caso también se te pagará prima de antigüedad y gratificación por invalidez.
  6. Muerte del trabajador.

¿Cómo se procede a realizar el pago del finiquito y de una indemnización?

FINIQUITO:

El finiquito equivale al pago proporcional, de acuerdo al tiempo trabajado, de quince días de aguinaldo, 6 días de vacaciones (si es el primer año de trabajo), la prima vacacional y los salarios pendientes de cubrir, se va a a calcular de la siguiente manera:

Los datos con los que se debe contar para la realización de un finiquito son la fecha de ingreso, fecha de baja, salario mensual y salario diario.

El finiquito debe de  incluir el pago de los días que hayas trabajado del período (ya sea que cobres por semana, por quincena o por mes), la parte proporcional del aguinaldo, la parte proporcional de tus vacaciones y otras prestaciones que contemple tu contrato, tales como bonos, comisiones o fondo de ahorro.

En caso que hayas tenido contrato colectivo de trabajo, se deberán incluir los pagos proporcionales de las prestaciones incluidas en éste como bonos, vales, comisiones, caja o fondo de ahorro y utilidades.

Si tienes más de quince días laborando para la empresa se debe de pagar la prima de antigüedad.

Los pasos para calcular tu finiquito

  1. Toma los días laborados no pagados y multiplícalos por el sueldo diario.
  2. Calcula tu aguinaldo con tu salario diario por los días de aguinaldo que te dé la empresa. Divide el resultado entre 365 y luego multiplícalo por los días trabajados del año en curso.
  3. Para calcular el adeudo de tus vacaciones, multiplica el salario diario por los días restantes y divídelo entre 365. Multiplica el resultado por el total de días trabajados y multiplícalo nuevamente por el salario diario.
  4. Toma el resultado del paso anterior (parte proporcional de tus vacaciones) y multiplícalo por 0.25 de la prima vacacional.
  5. Suma todos los montos y obtendrás una aproximación de tu finiquito.

También se te descontarán ISR, cuotas del IMSS, adeudos de Infonavit, de crédito Fonacot o algún otro préstamo que hayas tenido con descuento vía nómina

INDEMNIZACIÓN se paga una vez que exista un juicio laboral donde el trabajador demanda al patrón, y el y trabajador debe de ganar la demanda, y se puede pagar por:

INDEMNIZACIÓN POR TRES MESES

La indemnización de tres meses (90 días) tiene dos objetivos:

  • Permitir que el trabajador y su familia puedan subsistir durante esos tres meses en lo que encuentre en un nuevo empleo,
  • Sancionar al patrón que sin causa justificada lo deja sin fuente de ingresos

La cantidad de dinero de esta indemnización es fija porque atiende el hecho del despido y no depende de elementos del perfil específico del trabajador despedido (como por ejemplo su antigüedad). Por esta razón NO es proporcional al tiempo trabajado

INDEMNIZACIÓN DE 20 DÍAS POR AÑO

Su finalidad es sancionar al patrón que separó injustificadamente de su puesto a un trabajador por tiempo indefinido, y se aplica en los siguientes cuatro casos: negativa de reinstalación, rescisión imputable al patrón, reajuste de personal por implantación de maquinaria o procesos nuevos, e insumisión al arbitraje (artículos 49, 50, fracción II, 51, 52, 439 y 947, LFT). El patrón sólo tiene que pagarla por años cumplidos trabajados.

Los trabajadores contratados por tiempo determinado no tienen derecho a los 20 días de indemnización por año laborado, sino que la fracción I del artículo 50 de la LFT les da un tratamiento especial, según la vigencia de su contrato

SALARIOS CAÍDOS

Además de las indemnizaciones mencionadas con anterioridad, los patrones parte del juicio laboral deben cubrir los salarios caídos (el salario que el empleado deja de percibir a partir de la fecha del despido), parte proporcional de prestaciones y la prima de antigüedad.

Existen Juntas de Conciliación y Arbitraje ya se Federales o Locales donde puedes acudir en caso de que tengas un conflicto laboral. Además que en México existe la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) tiene la obligación de dar asesoría laboral gratuita a todos los trabajadores.

FUENTE: LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

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