La Cámara de Diputados aprobó reformas a la LFT ( Ley Federal del Trabajo ) para que se otorgue permiso de luto, de tres días hábiles con goce de sueldo, a los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario.
Esta reforma establece que estos días serán los inmediatos al deceso y que el trabajador dispondrá de quince días hábiles para presentar al patrón el Acta de Defunción correspondiente a fin de justificar la falta.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social señalo que con esta reforma “Se continua fortaleciendo la conciliación entre el ámbito familiar y el laboral, lo que a su vez se busca impacte positivamente en la productividad del individuo en beneficio de las empresas”.
Las minutas fueron enviadas al Senado de la República para su análisis y discusión.